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Bonificación a la contratación de mano de obra en zonas extremas

17% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores de zona extrema, con tope, pagado por Tesorería.

Norma

Ley N° 19.853 (ex DL N° 889), modificada por la Ley N° 20.655

Territorio de aplicación

Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén y Magallanes, y provincias de Chiloé y Palena

En resumen

La bonificación a la contratación de mano de obra en zonas extremas equivale al 17% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores con residencia y trabajo permanente en la zona. Se regula hoy por la Ley N° 19.853, modificada por la Ley N° 20.655, y antes por el DL N° 889 de 1975. En Magallanes, Aysén, Chiloé y Palena se paga solo cuando la remuneración supera en 20% el ingreso mínimo mensual. Se solicita ante la Tesorería General de la República.

Qué es

Es una bonificación que el Estado paga a los empleadores del sector privado por contratar trabajadores con residencia y trabajo permanente en zonas extremas del país. Antes se regulaba por el Decreto Ley N° 889 de 1975; hoy se rige por la Ley N° 19.853, modificada por la Ley N° 20.655.

Cuánto es

Equivale al 17% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores que califican, calculado solo hasta el tope mensual de remuneración imponible que fija la normativa y que se reajusta periódicamente. Por eso el monto efectivo por trabajador tiene un techo: no crece de forma indefinida con el sueldo.

La condición especial de Magallanes

En las regiones de Aysén y de Magallanes y en las provincias de Chiloé y Palena, la bonificación procede solo respecto de los trabajadores cuya remuneración imponible supera en un 20% el ingreso mínimo mensual. Es una condición que no existe en el resto de las zonas extremas, y conviene revisarla trabajador por trabajador antes de descartar el beneficio.

Quiénes pueden solicitarla

Empleadores del sector privado con trabajadores que tengan residencia y desempeñen su trabajo de forma permanente en las zonas favorecidas, cumpliendo los requisitos de la normativa.

Cómo se tramita

La empresa debe estar inscrita ante la Tesorería General de la República y presentar la solicitud, que puede hacerse durante el año a través de la plataforma de la Tesorería. La documentación de respaldo laboral y previsional debe estar en regla.

Cómo lo trabajamos

Qué hace la firma con este régimen

  • Verificamos qué trabajadores de su empresa califican realmente.
  • Inscribimos a la empresa ante la Tesorería General de la República.
  • Preparamos y presentamos las solicitudes con el respaldo laboral y previsional correcto.
  • Integramos el beneficio al proceso mensual de remuneraciones para que no se olvide.

Lo que más nos preguntan

Preguntas sobre Bonificación a la mano de obra

¿De cuánto es la bonificación a la mano de obra en zonas extremas?
Equivale al 17% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores con residencia y trabajo permanente en la zona favorecida, calculado hasta el tope mensual de remuneración imponible que fija la normativa. En Magallanes hay una condición adicional: la bonificación procede solo respecto de los trabajadores cuya remuneración imponible supera en un 20% el ingreso mínimo mensual.
¿Mi empresa de Punta Arenas califica para la bonificación de mano de obra?
Si es del sector privado y tiene trabajadores con residencia y trabajo permanente en la región, puede calificar, siempre que la remuneración imponible de esos trabajadores supere en un 20% el ingreso mínimo mensual. Conviene revisarlo trabajador por trabajador antes de descartarlo.
¿Dónde se solicita?
Ante la Tesorería General de la República. La empresa debe estar inscrita y las solicitudes se presentan durante el año a través de la plataforma de la Tesorería, con la documentación laboral y previsional de respaldo.

Nota. La información sobre normas, montos, porcentajes y plazos que se presenta en este sitio es de carácter referencial y general. Los regímenes de excepción han sido modificados por leyes sucesivas y su aplicación depende del caso concreto. Antes de tomar cualquier decisión de inversión o estructuración, confirmamos con usted el detalle vigente aplicable a su empresa.

Hablemos

¿Su empresa califica a este régimen?

Revisamos con usted si le corresponde Bonificación a la mano de obra antes de que comprometa una inversión o pierda un plazo.

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